Revisión sobre la evolución del derecho de gentes al derecho internacional

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DOI:

https://doi.org/10.15648/legem.2.2024.4362

Palabras clave:

Derecho Internacional, Derecho de gentes, Moral, Costumbres, Acuerdos jurídicos internacionales

Resumen

La evolución del Derecho de Gentes al Derecho Internacional público busca alcanzar cierta compatibilidad entre las normas morales de diferentes pueblos y naciones al plasmar principios y reglas comunes en acuerdos jurídicos internacionales. Sin embargo, este es un proceso complejo debido a la diversidad de sistemas legales, valores culturales y prioridades políticas existentes a nivel mundial.

Dicha evolución del derecho refleja esta dualidad entre moral y ley en los diversos sistemas legales que buscan una armonización entre normas jurídicas y valores éticos. Mientras la sociedad se desarrolla, estos principios éticos continúan influyendo en la interpretación y desarrollo del Derecho Internacional, buscando, entre la legalidad y la justicia ética, un equilibrio en un contexto global cambiante.

Esto resalta la capacidad del sistema legal para reflejar los cambios de la sociedad en necesidades y valores, producto de factores externos, como eventos históricos, filosofías dominantes y cambios en la moral social, los cuales han jugado un rol primordial en la evolución del derecho, moldeando las leyes y contribuyendo a la formación de sistemas legales diversos de utilidad en diferentes contextos de aplicación.

La transformación del Derecho Internacional Público desde el Derecho de Gentes cuenta con el propósito de lograr la concordancia entre las normas morales de diversas comunidades y naciones, mediante el establecimiento de pactos jurídicos internacionales que consagren principios y reglas compartidas, reflejando la dicotomía entre moral y ley, empero, conciliando normas jurídicas y valores éticos, por lo cual desempeñan un papel esencial en la configuración de sistemas legales modernos.

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Cómo citar

De León Vargas, G. I., & Oñate Carrillo, M. I. (2024). Revisión sobre la evolución del derecho de gentes al derecho internacional. Legem, 10(2), 45–72. https://doi.org/10.15648/legem.2.2024.4362

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2024-12-26

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